La Constitución no admite el “29” como sentencia
"Estamos claros de que las personas deben pagar por sus acciones si están en contra de la ley, pero en los tribunales no en los tan tristemente históricos intercambios de disparos"
Por Ariel Paulino
La Constitución de la República Dominicana no tiene la pena de muerte por mandato constitucional. El artículo 37 de nuestra Carta Magna establece que “el derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte” y dispone expresamente que no podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte. El artículo 38 agrega que la dignidad humana es sagrada, innata e inviolable y que su protección constituye una responsabilidad esencial de los poderes públicos.
Estas disposiciones no impiden
que el Estado enfrente con firmeza la delincuencia. Todo lo contrario: proteger
al ciudadano honrado frente al robo, el atraco, el homicidio y cualquier otra
forma de violencia constituye una obligación fundamental de las autoridades. La
Policía tiene el deber de perseguir a quienes infringen la ley y también el
derecho a defenderse cuando sus agentes enfrentan una agresión real que pone
sus vidas o las de terceros en peligro.
Pero precisamente ahí aparece el
límite que una democracia nunca debería perder de vista: combatir el delito no
significa sustituir a la justicia. Y esto es lamentable pues en el país se vive
en la actualidad un temor con el famoso "poner en 29"; código que se
ha popularizado y que todos ya sabemos que significa orden directa para
quitarle la vida a alguien por parte de la Policía Nacional.
Estamos claros de que las
personas deben pagar por sus acciones si están en contra de la ley, pero en los
tribunales no en los tan tristemente históricos intercambios de disparos porque
la bala solo pega de un lado. Ya aquí todos, desde el más niño hasta el más
adulto conoce el resultado quien la recibe y quien cae ejecutado en el
popularmente conocido “29”.
Pero lo altamente preocupante es
aquello que esto puede representar: la posibilidad de que una parte de la
sociedad comience a considerar normal que alguien señalado como delincuente
pueda recibir en la calle una sentencia que ningún tribunal dominicano tiene
facultad constitucional para imponer. No podemos partir de la presunción de que
todo policía miente, como tampoco podemos asumir que toda persona señalada por
la Policía merece morir. Entre la ingenuidad frente al crimen y la ejecución
sin juicio existe algo que se llama Estado de derecho.
Ay, los jóvenes de los barrios, a
los que el brazo fuerte y poderoso del Estado va a perseguir hasta el final,
esto dicho por el mismo director de la policía, mayor general Ernesto Rafael
Rodríguez, quien está operando con libre orden directa desde la presidencia de
la República. Ahora bien, ¿existirá el mismo poder de ese brazo para enfrentar
a los delincuentes que han cometido los siguientes hechos?: Senasa, INTRANT,
Lotería Nacional, Supérate… por poner solo algunos casos ocurridos en la
administración del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en el poder.
Quien hoy celebra que otro sea
“puesto en 29” porque está convencido de que era delincuente debería formularse
una pregunta incómoda: ¿qué garantía reclamará mañana si el señalado es su
hijo, su hermano o él mismo? Los derechos fundamentales no fueron escritos
solamente para proteger a las personas que nos agradan. Su verdadera
importancia aparece cuando impiden que la fuerza o el poder decida, por sí
solo, quién merece conservarlos.
La Constitución no obliga al Estado a ser débil frente al crimen; lo obliga a ser diferente del criminal. El delincuente viola la ley y el Estado, precisamente porque es Estado, está obligado a hacerla cumplir sin convertirse en aquello que persigue. Y por eso, independientemente del nombre con que algunos pretendan justificarlo, el “29” nunca puede sustituir una sentencia.
-El autor es Licenciado en
Ciencias Sociales (UASD), dirigente del Frente Amplio de Luchas Popular
(FALPO), miembro de la Dirección Nacional de la Corriente Sindical Freddy
Valdez, exmiembro de la Dirección Nacional del Frente Estudiantil de Liberación
Amín Abel (FELABEL), exdelegado de la Asociación de Empleados Universitarios
(ASODEMU) en la UASD-Recinto San Francisco de Macorís, pasado presidente de la
Asociación de Estudiantes de Ciencias Sociales (ASECS), UASD-SFM.

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